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[30/03/2020]

EL GOBIERNO IMPLEMENTÓ UN “CERTIFICADO ÚNICO" PARA CIRCULAR EN LA CUARENTENA

El “Certificado Único Habilitante para Circulación" en medio de la cuarentena por coronavirus se obtiene a través de la Plataforma de Trámites a Distancia (TAD).

La publicación del Boletín Oficial indica que será personal e intransferible y deberá tramitarse para presentar a la autoridad competente al momento de circular por la vía pública, junto con el Documento Nacional de Identidad.

El Ministerio del Interior efectuará los intercambios de información que resulten necesarios con organismos y entidades públicas y privadas para corroborar la veracidad de los datos consignados al momento de tramitar el certificado.

Una vez validados los datos, se emitirá el “Certificado Único Habilitante para Circulación – Emergencia COVID- 19”, que tendrá vigencia por el plazo de 7 días corridos, renovable. "El falseamiento de datos en la tramitación dará lugar a la aplicación de las sanciones", aclararon.

El objetivo es documentar en forma adecuada cada caso exceptuado del “aislamiento social, preventivo y obligatorio” para optimizar el trabajo de los organismos competentes en los puntos de control.

En definitiva, "apuntalar la estrategia del Gobierno Nacional para contener la propagación del coronavirus COVID-19".

Una vez registrada la “DECLARACIÓN JURADA DE EXCEPCIÓN PARA CIRCULAR EN EMERGENCIA SANITARIA” se emitirá una notificación en la plataforma Trámites a Distancia.

Fuente: Agrofy News

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